Gratis · Fechas vigentes: 2027

¿Tu facturación de alquileres está lista para Verifactu?

Te lo decimos gratis en 48h. Sociedades, dentro del ámbito del RRSIF: desde el 1 de enero de 2027. Resto de obligados dentro del ámbito del RRSIF: desde el 1 de julio de 2027. Hacienda ha anunciado un aplazamiento a octubre de 2028 que aún no está publicado en el BOE. Rellena el cuestionario y te respondemos con el resultado de tu auditoría.

Fechas clave

Si estás dentro del ámbito del RRSIF, estas son tus fechas

1 enero 2027

Fecha vigente del reglamento para sociedades del Impuesto sobre Sociedades dentro del ámbito del RRSIF.

1 julio 2027

Fecha vigente del reglamento para el resto de obligados dentro del ámbito del RRSIF. Aplazamiento a octubre de 2028 anunciado por Hacienda, aún sin publicar en el BOE.

Sanciones

Tener un sistema de facturación que no cumple el reglamento está sancionado (no lo está elegir una modalidad u otra). Consulta el artículo sobre sanciones de Verifactu en el blog.

Qué revisa la auditoría

Un cuestionario de 5 minutos, una respuesta en 48h.

Cómo emites hoy tus recibos o facturas de alquiler, si alquilas a empresas (retención aplicable), y si tienes locales con IVA. Con eso te decimos si tu forma de facturar actual llegará lista al reglamento de facturación (RRSIF), en qué modalidad, y qué te falta si no.

Cuestionario gratuito

Pide tu auditoría Verifactu.

Dudas frecuentes

Verifactu y alquileres.

¿Cuándo entra en vigor Verifactu?

El 1 de enero de 2027 para sociedades (Impuesto sobre Sociedades) y el 1 de julio de 2027 para el resto de obligados dentro del ámbito del RRSIF (personas físicas con actividad económica y demás obligados). Son las fechas vigentes en el BOE (Real Decreto-ley 15/2025); Hacienda ha anunciado un aplazamiento a octubre de 2028 que aún no está publicado en el BOE.

¿Qué pasa si no cumplo?

La Ley General Tributaria sanciona la tenencia de sistemas de facturación que no cumplen el reglamento o que han sido alterados, y con más dureza a quien los fabrica o vende. Elegir la modalidad NO VERI*FACTU (sin remisión inmediata a la AEAT) frente a VERI*FACTU (con remisión inmediata) no es una infracción: ambas son formas válidas de cumplir. Tienes el detalle, con importes, en el artículo del blog sobre sanciones de Verifactu.

¿Qué revisa la auditoría?

Cómo emites hoy tus recibos o facturas, si alquilas a empresas (retención), si tienes locales con IVA, y si tu sistema actual cumplirá el reglamento (RRSIF) a tiempo, y en qué modalidad.

¿Es gratis de verdad?

Sí, sin coste ni compromiso. Te devolvemos el resultado en 48h laborables.

Consulta también la guía completa de Verifactu para alquileres.

Auditoría Verifactu gratuita para alquileres · Zalach